Divulgación selectiva
La divulgación selectiva permite que un titular presente solo las declaraciones necesarias para una finalidad declarada, en lugar de revelar una credencial completa o un documento fuente.
Esto respalda un principio sencillo de privacidad: el verificador debe recibir información suficiente para responder su pregunta de política, pero no datos adicionales de identidad solo porque existen.
Un ejemplo práctico
Un servicio puede necesitar saber si una persona cumple un umbral de edad. Un proceso tradicional puede solicitar una copia de un documento de identidad que contiene nombre completo, número del documento, fecha exacta de nacimiento, fotografía, nacionalidad, domicilio y otra información.
Una presentación que preserve la privacidad puede proporcionar, según el formato de la credencial y la política, la evidencia necesaria relacionada con la edad sin compartir todos los campos del documento.
Qué cambia la divulgación selectiva
| Divulgación tradicional | Divulgación selectiva |
|---|---|
| Se comparte el documento o perfil completo. | Solo se presentan las declaraciones necesarias. |
| El verificador recibe información no relacionada. | La divulgación se ajusta a la finalidad declarada. |
| Deben conservarse y protegerse más datos. | El verificador puede reducir la recolección y el impacto de una brecha. |
| El titular tiene visibilidad limitada. | El titular puede revisar qué se solicita y qué se divulga. |
La divulgación selectiva no elimina todos los riesgos de privacidad. Un atributo divulgado puede seguir siendo sensible y las presentaciones repetidas pueden generar correlación si los identificadores o metadatos están mal diseñados. La política que rodea la interacción sigue siendo importante.
Condiciones para una presentación confiable
Una presentación que preserve la privacidad debe permitir que el verificador evalúe:
- la procedencia del emisor;
- la integridad de las declaraciones divulgadas;
- el estado y la vigencia de la credencial;
- la frescura de la transacción;
- la audiencia prevista o la parte solicitante;
- la relación con el titular cuando se requiera;
- si el conjunto divulgado satisface la política.
Privacidad y assurance deben diseñarse conjuntamente. Revelar menos información no debe significar aceptar evidencia sin una verificación adecuada.
Consentimiento del titular
El titular debe poder comprender:
- quién solicita información;
- qué declaraciones se solicitan;
- por qué se solicitan;
- qué se divulgará;
- cuál es el resultado o servicio esperado.
Las interfaces de consentimiento no deben utilizarse para trasladar toda la responsabilidad a la persona. Las instituciones aún deben limitar sus solicitudes, definir una finalidad lícita y evitar exigir divulgaciones innecesarias cuando no estén justificadas.
Terminología
UbID utiliza el término público más amplio verificación que preserva la privacidad para la divulgación selectiva y técnicas relacionadas.
El término prueba de conocimiento cero se utiliza únicamente cuando un sistema de prueba implementado específicamente respalda esa afirmación técnica. Los formatos de divulgación selectiva pueden reducir de forma significativa la exposición de datos sin ser necesariamente sistemas de pruebas de conocimiento cero.
Valor institucional
La divulgación selectiva puede ayudar a las instituciones a:
- reducir la replicación innecesaria de documentos;
- limitar la concentración de datos sensibles;
- ajustar la recolección a la finalidad y la necesidad;
- reducir el impacto de una brecha;
- proporcionar evidencia más clara de lo solicitado y divulgado;
- construir flujos de verificación más fáciles de explicar y auditar.